Grecia
La cultura griega tuvo una poderosa influencia sobre el imperio romano, el cual la difundió a través muchos de sus territorios de Europa. Es considerada la cuna de la civilización occidental, que sus grandes pesadores fueron los que desarrollaron los primeros conceptos de la filosofía.
Uno de los pueblos mas antiguo es el heleno o griego, caracterizada por
su cultura como ningún otro, mostraron su amor tan ardiente a la libertad, una
creencia tan firme en nobleza de los actos humanos. En el año 800 a.C. las
comunidades rurales con organizaciones triviales o de clanes fueron
reemplazados por unidades políticas mayores denominadas ciudades-estados. Ejemplo:
Atenas, Tebas y Megara en el Continente, Esparta y Corinto en el Peloponeso, y
otros.
La mayoría de las ciudades-estados griegas siguieron la misma evolución
política, en principio eran monarquías, en el siglo VIII a.C. se convirtieron
en oligarquías que unos cien años después fueron derribadas por dictadores o
tiranos que gobernaron sin derecho legal y por último, entre los Siglos VI y V
a.C. se establecieron democracias y en algunos casos “timocracias”. Platón ya
mencionaba la palabra timocracia, que aplicada al gobierno basado en el honor.
Formas políticas según Aristóteles
Aristóteles tomó en cuenta el número de gobernantes y estableció:
·
Gobierno de uno: Monarquía,
·
Gobierno de varios: Aristocracia,
·
Gobierno de todos: República.
De acuerdo a la manera en que se ejercía el gobierno, estableció
diferencias entre las formas puras e impuras:
·
Pura: cuando el gobierno se ejercía en beneficio e interés de todos y se
practicaba la justicia.
·
Impura: cuando se buscaba el interés de los gobernantes.
Esparta
Fue una excepción en la evolución política de las ciudades-estado. No
hizo progresos hacia el gobierno democrático, inclinándose hacia una dictadura
elitista que lo estancó culturalmente. La tradición atribuía que la constitución
espartana se debía al legislador Licurgo.
Formas políticas según Platón
·
Dos reyes: que representaban a la clase alta con poderes limitados y más bien de
carácter militar y sacerdotal.
·
El Consejo: compuesto por los 2 reyes y 28 nobles de 60 o más años, este órgano
fue el de más autoridad. También actuaba como Tribunal Supremo en juicios
criminales.
·
La Asamblea: aprobaba o rechazaba las propuestas del Consejo y nombraba a los
funcionarios públicos, con excepción de los reyes.
·
Éforo: Junta de 5 hombres. Presidía el Consejo y la Asamblea, fiscalizaba el
sistema de enseñanza y la distribución de tierras, censuraba la vida de los
ciudadanos y ejercía el veto a las leyes. Era el verdadero poder.
Roma
El Derecho Romano
Es el conjunto de normas y principios que rigieron la conducta del
pueblo romano desde la fundación de Roma (753 A.C.) hasta la muerte del
emperador Justiniano (565.C). es el fundamento del cumplimiento de leyes es
sociedad para lograr así un desarrollo económico, social y político. Con esta
finalidad, teóricos del Derecho elaboraron un código escrito para dar a conocer
a cada quien sus derechos y deberes.
Las fuentes del derecho romano según el jurisconsulto Gayo:
Las Leyes, Los Plebiscitos, Los Senadocosultos, Las Constituciones
Imperiales, Los Edictos y las Respuestas de los Prudentes.
Fuentes del derecho antiguo o arcaico:
La Costumbre
Jurídica (mores maiorum): Es la primera fuente del derecho, son los usos y
hábitos reiterados en el tiempo. Era de carácter consuetudinaria, es decir que
se transmitía vía oral de generación en generación.
Ley de las 12
tablas (Lex XII Tabolarum): es una fuente importante ya que fijó el límite del
derecho (Ius), además de que intentó buscar una igualdad entre patricios y
plebeyos. Además es de gran importancia ya que fue la primera ley escrita.
Posterior a la muerte de su tío el emperador Justino (527 d.C.), asume
Justiniano en carácter de emperador, hombre de agradables morales, de amplia
cultura y admirador del derecho romano, inicia grandes reformas dentro de la
estructura imperial percatándose de la necesidad de la actualización de las
normas jurídicas vigentes.
Fuentes justinianeas:Compilación de
Justiniano: recogida en un cuerpo orgánico y sistematizado de constituciones
imperiales de los emperadores (leges) y recopilación de opiniones de los
jurisconsultos (iura).
El primer código: Justiniano ordena su
realización mediante la constitución imperial “Haecquae necessario” (528 d.C.),
creándose una comisión especializada encabezada por Triboniano (cuestor del
Sacro Palacio Juan). Grandes colaboradores: a) Triboniano b) Teófilo (Profesor
de la Escuela de Constantinopla).
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